¿Quiénes Somos?


LEY 41 De 30 de junio de 2009:

Que instituye y regula la carrera de

Registros y Estadísticas de Salud

Artículo 1. La presente Ley instituye la carrera de Registros y Estadísticas de Salud y regula las funciones, los derechos y las obligaciones de quienes forman parte de dicha carrera. El ejercicio de esta carrera estará sujeto a las disposiciones de esta Ley y su reglamento.

Artículo 2. Los técnicos y licenciados en Registros y Estadísticas de Salud tienen formación universitaria y están preparados para actuar aplicando sus conocimientos científicos en los aspectos técnicos y normativos de Registros de Salud, en la custodia, la conservación y el manejo de los archivos clínicos, la tramitación de citas, la admisión, así como en el suministro de datos e información estadística veraz que permita el fortalecimiento del Sistema de Salud.

 

Artículo 21.  La presente Ley deroga la Ley 13 de 23 de agosto de 1984.


Ver Ley completa en la Gaceta Oficial Digital, martes 30 de junio de 2009 No 26314-A

No hay comentarios:

Publicar un comentario